Abogados creíbles que defienden cargos de prostitución en Indianápolis

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Defensa en Indiana de Cargos Criminales de Prostitución

Indiana intenta penalizar la prostitución en múltiples frentes: impone penas a los acusados de vender, comprar y promover la prostitución. El estado persigue agresivamente las acusaciones relacionadas con los tres aspectos de la prostitución. Un cargo bajo cualquiera de estas leyes relacionadas puede acarrear serias consecuencias que alteran la vida. Si usted se encuentra acusado de cualquiera de estos delitos en Indianápolis o en cualquier lugar en el área central de Indiana, usted debe buscar la ayuda de un abogado de defensa penal con experiencia, como Chris Eskew de la Ley Eskew, tan pronto como sea posible. Tener un abogado defensor agresivo a su lado al principio de su caso puede ayudarle a alcanzar un resultado más favorable más adelante.

Un servicio excepcional. No podría estar más contento con los resultados.

- Ralph

Prostitución según la ley de Indiana

Código Ind. Código § 35-45-4-2 define la prostitución como, a sabiendas o intencionadamente, a cambio de dinero u otros bienes:

  • Mantener, ofrecer o aceptar mantener relaciones sexuales u otro tipo de conducta sexual (incluido el sexo oral o anal, o la penetración con un objeto); o
  • Acariciar, ofrecer o aceptar acariciar los genitales de otra persona.

Según el código, la prostitución se considera un delito menor de clase A, a menos que el delincuente tenga dos condenas previas por prostitución, en cuyo caso se considera un delito grave de nivel 6. Los delitos menores de clase A se castigan con hasta un año de prisión y una multa no superior a 5.000 dólares. En cuanto a los delitos graves de nivel 6, se castigan con penas de hasta dos años y medio de prisión y una multa no superior a 10.000 dólares, según lo dispuesto por Código Ind. Code § 35-50-2-7.

El estatuto también esboza dos posibles defensas ante una acusación de prostitución. Si el delincuente es un menor de dieciocho años, o es víctima o presunta víctima de trata de seres humanos, tal como se define en la ley Código Ind. Code § 35-42-3.5-1.

Institución patrocinadora y promotora

Indiana también penaliza el patrocinio y la promoción de la prostitución. De conformidad con Código Code § 35-45-4-3una persona es culpable de patrocinar a una prostituta si, a sabiendas o intencionadamente, paga u ofrece o acuerda pagar dinero u otros bienes a otra persona:

  • Por mantener en el pasado o en el futuro relaciones sexuales u otro tipo de conducta sexual con la persona que paga o con cualquier otra persona; o
  • Por haber acariciado, o en el entendimiento de que la otra persona acariciará, los genitales de una persona que paga o de cualquier otra persona.

Al igual que el delito de prostitución, el delito de patrocinio de la prostitución es un delito menor de clase A, a menos que el delincuente tenga dos condenas anteriores por el mismo delito, en cuyo caso el delito es un delito grave de nivel 6.

Además, en virtud de la Código Ind. Code § 35-45-4-4el estado prohíbe a los individuos cualquier conducta que pretenda promover la prostitución. Esto abarca:

Inducir u obligar a otra persona a prostituirse;

  • Procurar u ofrecer o acordar procurar una persona a otra con fines de prostitución;
  • Tener el control sobre el uso de un lugar y permitir que otra persona lo utilice para la prostitución;
  • Recibir dinero u otros bienes de una prostituta sin contraprestación lícita, a sabiendas de que se han obtenido total o parcialmente de la prostitución; o
  • Conducir o dirigir a otra persona a un lugar con fines de prostitución.

Una condena por promover la prostitución es un delito grave de nivel 5 punible con una posible pena de prisión de entre uno y seis años, y una multa no superior a 10.000 dólares, según lo dispuesto en Ind. Code § 35-50-2-6. Sin embargo, si la persona incitada u obligada es menor de dieciocho años, se trata de un delito grave de nivel 4 punible con una pena de prisión de entre dos y doce años y una multa no superior a 10.000 dólares.

Estas penas severas pueden resultar de una condena en virtud de estos estatutos penales relacionados con la prostitución. Si usted está enfrentando estos cargos en Indianápolis o el área central de Indiana, debe ponerse en contacto con un abogado de defensa criminal con experiencia inmediatamente. Llame Eskew Ley en (317) 974-0177 o enviar nuestro formulario de solicitud de consulta en línea. Vamos a revisar su caso y ayudarle a determinar la mejor estrategia para montar una defensa eficaz.

Próximos pasos

1. Consulta Reúnase con el abogado para hablar de su asunto legal. Esta reunión inicial le ayudará a comprender su experiencia y a decidir si es la persona adecuada para usted.
2. Acuerdo Revise y firme un contrato de retención. Este contrato describe los servicios, honorarios y otros términos esenciales.
3. Documentos Reúna y proporcione todos los documentos pertinentes relacionados con su caso. Este paso ayuda a su abogado a construir su caso de manera eficiente.
4. Comunicación Establezca expectativas sobre cómo y cuándo se comunicará con su abogado. Una comunicación clara garantiza que se mantenga informado durante todo el proceso.

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