Publicado en Derecho de familia por Chris Eskew el 1 de octubre de 2015.

Traslado cuando hay una orden de custodia

Desde el momento en que se emite una orden de custodia hasta que el menor se emancipa, un progenitor debe mantener informados al tribunal y a la parte contraria de su domicilio. Esto significa que cada vez que desee cambiar de domicilio cuando existe una orden de custodia, debe presentar una notificación al Tribunal. El Código de Indiana establece requisitos específicos para esta notificación y el incumplimiento de los requisitos resultará en una notificación insuficiente, posiblemente resultando en sanciones judiciales. Por lo tanto, es importante estar al tanto de los requisitos y, si es posible, tener un abogado con experiencia en derecho de familia que redacte la notificación y asista a las audiencias sobre la notificación con usted.

¿Quién debe presentar la solicitud?

La notificación de traslado debe ser presentada por cualquier progenitor que se traslade, tenga o no la custodia. Y lo que es más importante, debe presentarse incluso si simplemente se va a mudar a la casa de al lado. Debe presentar la notificación si tiene previsto trasladarse a otro lugar.

¿Cuándo y dónde debe presentar la declaración?

El progenitor que se traslada debe presentar la notificación ante el tribunal que emitió la orden de custodia o de tiempo de custodia o ante un tribunal con jurisdicción sobre los procedimientos. Debe presentarse 90 días antes de que el progenitor se traslade efectivamente.

¿Qué debe contener la notificación?

La Notificación que presente ante el tribunal debe indicar lo siguiente:

  1. En caso de traslado, indique la dirección y el número de teléfono;
  2. Cuando te mudes;
  3. Por qué se traslada; y
  4. Una propuesta para un nuevo plan de horario parental;

Es importante recordar que el progenitor que traslada a su hijo debe demostrar que lo hace de buena fe. Una vez cumplida esta carga, corresponde al progenitor que no se traslada demostrar que el traslado no redunda en el interés superior del menor.

¿Qué puede hacer el Tribunal?

Si la parte no reubicada presenta debidamente una objeción a la reubicación y una solicitud de audiencia, el tribunal debe fijar una audiencia para revisar y modificar las órdenes previas de custodia y manutención, si procede. Para determinar la procedencia de dicha modificación, el tribunal debe tener en cuenta lo siguiente:

  1. La distancia;
  2. Las dificultades y gastos para ejercer el tiempo de custodia;
  3. La viabilidad de preservar la relación padre-hijo;
  4. Cualquier patrón del progenitor que se traslada para frustrar o promover el tiempo de custodia;
  5. Las razones aducidas para el traslado;
  6. Las razones para oponerse a los traslados; y
  7. Todos los demás factores utilizados para determinar el interés superior del menor.

Si el tribunal determina que el traslado no redunda en beneficio del menor, puede dictar una orden temporal que impida el traslado o el cambio de custodia.

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Chris Eskew

Chris Eskew es el socio fundador de Eskew Law. Con más de 15 años de experiencia, centra su práctica en la defensa penal, defensa de DUI, y el derecho de familia. Chris es conocido por su dedicación a sus clientes, sus fuertes habilidades de defensa, y su compromiso de lograr los mejores resultados posibles en asuntos legales. Él es muy respetado dentro de la comunidad jurídica y se ha ganado una reputación de proporcionar una representación personalizada y eficaz.